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miércoles, 5 de junio de 2019

Las medidas adoptadas en una Sentencia de familia pueden ser modificadas


Las medidas adoptadas en una Sentencia relativa a los derechos de la familia, como pueden ser la pensión de alimentos, la pensión compensatoria o los regímenes de visita para el progenitor no custodio, no tienen que durar para siempre.

La ley establece que este tipo de medidas podrán ser objeto de modificación si se alteran de modo sustancial las circunstancias que existían cuando fueron adoptadas.

Si uno de los progenitores se opone a modificarlas, al otro le cabe la posibilidad de iniciar un juicio nuevo de Modificación de Medidas para que se dicten otras que sustituyan a las que estén en vigor.

Si la persona que está leyendo esto piensa que las medidas en vigor deberían ser modificadas, puede realizar una consulta personal con nosotros. Después sabrá cuáles son sus opciones y decidir con tranquilidad lo que le parezca más conveniente.


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