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martes, 2 de julio de 2019

Los abuelos pueden desheredar a los hijos que les impidan relacionarse con sus nietos


Las causas de desheredación son únicamente las que expresamente señala la ley, lo cual supone una enumeración taxativa, que excluye la analogía y la interpretación extensiva.

Pero esto no significa que la interpretación o valoración de una concreta causa, previamente admitida por la ley, deba ser expresada con un criterio rígido o sumamente restrictivo.

De esta forma, los malos tratos o injurias deben ser objeto de una interpretación flexible acorde a la realidad social.

Por ello, en la actualidad el maltrato psicológico debe considerarse en la expresión que encierra el maltrato de obra, teniendo en cuenta su proyección en el Derecho de familia y hereditario.

Con base en lo que antecede, recientes sentencias han considerado que el maltrato psicológico reiterado es causa de desheredación.



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