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viernes, 4 de febrero de 2022

CONSECUENCIAS DE NO CUMPLIR EL RÉGIMEN DE VISITAS

 Cuando se establece judicialmente un régimen de visitas para los hijos menores se hace en beneficio de ellos, por lo que el incumplimiento del régimen de visitas tiene consecuencias civil y penales.

En lo civil, puede acarrear la limitación o suspensión de las visitas, la imposición de multas coercitivas, la modificación de la guarda y custodia, e incluso la privación de la patria potestad.

Y ya dentro de la regulación del Derecho Penal, el incumplimiento del régimen de visitas tiene consecuencias todavía más graves.

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lunes, 15 de octubre de 2018

La Custodia Compartida y la atribución del uso de la vivienda familiar


En la Custodia Compartida, como los hijos no quedan en compañía exclusiva de uno de los progenitores, en defecto de acuerdo de éstos, el Juez resolverá lo procedente sobre la atribución del uso de la vivienda familiar.

Cabe atribuirla al progenitor que tenga más dificultad de acceso a una vivienda, por variadas razones, entre las que se encuentran no ser titular, no disponer del uso de alguna vivienda o tener menores ingresos que el otro progenitor.

Mas cuando los progenitores pueden tener una vivienda adecuada a sus necesidades, no procede hacer la atribución indefinida de uso de la vivienda familiar.

Y respecto a la vivienda familiar que es de propiedad común por mitad, deberá ser compartida entre los progenitores, atribuyendo su uso por anualidades alternas, hasta que procedan a separar el patrimonio común.



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miércoles, 20 de junio de 2018

Abogados de Familia pendientes de los sentimientos de los clientes


Como Abogados de Familia somos especialistas en Divorcio, en Separación y en todos los Conflictos de la Pareja, con muchos años experiencia, acompañados de éxito.

Pero a eso hay que añadir tres características que definen mejor nuestro proceder.

1. Nuestro estilo moderno de afrontar los casos, incluyendo estudiar la posibilidad de resolverlos por medios pacíficos.

2. Nuestro apoyo moral a las personas que vienen a nosotros con un problema, porque somos conscientes de lo que están pasando en ese momento.

3. Nuestra inquebrantable voluntad de conseguir finalmente un resultado favorable para nuestros clientes.



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jueves, 24 de mayo de 2018

Una consulta tranquiliza


Cuando se presenta un conflicto de pareja o hijos, nace la inquietud ante el futuro, por los cambios que puede acarrear esta nueva situación.

Lo mejor es no desesperarse buscando soluciones al problema y solicitar una consulta presencial o por videoconferencia con un Abogado de Familia.

Nuestros clientes siempre nos dicen que la consulta personal con nosotros les ha tranquilizado, lo cual nos satisface por haber podido ayudarles.

Además, tras la consulta ya saben las opciones que tienen y pueden pensar con sosiego lo que mejor les convenga, incluso si desean encargarnos su caso.

Puede concertar su consulta llamando al teléfono: 981 13 85 77.


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martes, 7 de noviembre de 2017

Al hacerse los hijos mayores de edad, el uso de la vivienda familiar se adjudicará al cónyuge más necesitado de protección

Con la llegada de los hijos a la mayoría de edad, el uso de la vivienda familiar queda equiparado al caso en el que no hay hijos y procede adjudicarla al cónyuge que esté más necesitado de protección.

Pero esa adjudicación no puede hacerse por tiempo indefinido, pues sería más una expropiación de la vivienda que una efectiva tutela de lo que la ley dispensa a cada una de las partes.

Esta doctrina es aplicable tanto cuando se adjudica el uso de la vivienda al cónyuge no titular (porque la vivienda es privativa del otro) como cuando la vivienda tiene el carácter de bien ganancial.


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martes, 5 de enero de 2016