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viernes, 9 de abril de 2021

IMPAGO DE CUOTAS HIPOTECARIAS TRAS EL DIVORCIO

 

El pago de la hipoteca es una obligación que los cónyuges contrajeron en el momento en que firmaron el contrato. Esa obligación no cambia con el Divorcio porque ambos son deudores solidarios y el banco puede reclamar el pago a cualquiera de ellos.

Y aunque después del Divorcio uno de los miembros de la pareja ya no conviva en el domicilio familiar, por haberse atribuido su uso al otro cónyuge y a los hijos, el no conviviente debe seguir abonando la cantidad hipotecaria que le corresponda.

Además, las cuotas hipotecarias del domicilio familiar son equiparables a la pensión de alimentos de los hijos. Y no pagar dichas cuotas constituye un delito de abandono de familia, al poner en riesgo el techo de los hijos menores comunes.

 

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