Las uniones comúnmente denominadas “Pareja de Hecho” constituyen una realidad social que, si reúnen algunos requisitos, han sido reconocidas como una modalidad de familia, pero no equivalente al matrimonio, por lo que no cabe aplicarles el régimen legal de aquél, salvo en algunos de sus aspectos.
El conocimiento de los miembros de la unión de que se encuentran fuera del régimen legal del matrimonio no es razón suficiente para desatender las consecuencias que se pueden producir en determinados supuestos, entre ellos la ruptura de la pareja.