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viernes, 15 de septiembre de 2017

Pérdida de la patria potestad

Procede la pérdida de la patria potestad cuando los incumplimientos del progenitor son graves y reiterados, sin causa justificada, desde que la hija menor contaba muy poca edad, sin relacionarse con ella, sin acudir al punto de encuentro, haciendo dejación de sus funciones tanto en lo afectivo como en lo económico.

Por tales motivos queda afectada la relación paterno-filial de manera seria y justifica que proceda, en beneficio de la menor, la pérdida de la patria potestad del progenitor.




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